Banco HSBC Seguro de consorcio
Escrito por Seguros el 14 diciembre, 2011En la Argentina, el Grupo HSBC está conformado por HSBC Bank Argentina, HSBC Seguros S.A., HSBC-New York Life, HSBC Administradora de Inversiones S.A. SGFC y HSBC Participaciones (Argentina) S.A.
A través de su red de oficinas y sucursales distribuidas en todo el país, los Clientes pueden satisfacer todas sus necesidades financieras: un producto bancario, el seguro de su casa y/o auto, o un seguro de vida.
El Seguro Integral de Consorcio que te ofrece el Banco HSBC fue pensado para responder a todas las necesidades y riesgos de un consorcio de Propiedad Horizontal.
Concentrado en una única póliza, de fácil definición, contempla un costo reducido, ofreciendo servicios y coberturas exclusivas.
Además este seguro te brinda los siguientes beneficios:
- Póliza única
- Bajo costo.
- Coberturas simples y amplias.
- Fácil interpretación.
- Servicio de remoción de escombros sin costo adicional
- Incluye los gastos que deba hacer el Asegurado para normalizar su vida tras un incendio (alquileres, hoteles, etc.)
- Contempla daños ocasionados al contenido de los departamentos por rotura de cañerías hasta una suma de $10.000.- con un deducible de $ 600.-
- Responsabilidad Civil: Cubre riesgos por Incendio, Ascensores, Piscinas, Garaje, Linderos, Refacciones, Letreros, etc.
- La cobertura de Responsabilidad Civil considera a los copropietarios como terceros.
Además de las siguientes coberturas:
- Incendio Edificios
- Responsabilidad Civil Comprensiva
- Cristales
- Robo Contenido Partes Comunes
- Robo de Expensas en poder del Encargado
Incendio de edificios:
Daños por:
- Fuego, Rayo y Explosión.
- Demolición a consecuencia de un riesgo cubierto.
- Huelga Lock out y Tumulto Popular.
- Vandalismo.
- Humo.
- Impacto aeronaves, vehículos terrestres, sus partes componentes o carga transportada.
- Incendio al contenido del departamento del portero
Responsabilidad civil comprensiva:
- Responsabilidad Civil: Los daños producidos a terceros (*) a causa de la vida privada del Asegurado (según arts. 1109 a 1136 del Código Civil)
- Incluye los riesgos por:
- Incendio.
- Ascensores.
- Garaje.
- Linderos.
- Calderas.
- Piletas de Natación.
- Refacciones Internas y Externas del edificio.
- Carteles y Letreros, etc.
Las exclusiones son las que le nombraremos a continuación:
- Obligaciones contractuales.
- Tenencia, uso o manejo de vehículos aéreos, terrestres o acuáticos.
- Transmisión de enfermedades.
- Daños a cosas ajenas en poder del Asegurado.
- Daños a inmuebles vecinos por excavaciones en el local del Asegurado.
- Efecto de la temperatura, filtraciones, humedad, etc.
- Polución o Contaminación.
Cristales:
- Coberturas principales:
Daño a piezas vítreas colocadas verticalmente. - Exclusiones principales:
- Rayaduras, incisiones, hendiduras u otros daños que no constituyan rotura.
- Los marcos, cuadros, armazones o sus accesorios.
- Movimientos o traslados de piezas de su ubicación normal.
- Vibraciones ocasionadas por aeronaves.
- Vicio propio de construcción o colocación.
Robo de expensas en poder del encargado:
La compañía pagará hasta el límite establecido en la póliza.
- Coberturas principales:
Robo de dinero de expensas en poder del encargado dentro del edificio. - Exclusiones principales:
Hurto.
Infidelidad, desaparición misteriosa.
Extravío.
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